Dos personas con cierto grado de discapacidad auditiva haciendo lenguaje de signos

Qué es la discapacidad auditiva y cómo solicitar el reconocimiento

Es fácil que, entre tus familiares o conocidos, alguno de ellos tenga problemas de audición. O quizás eres tú quien sufre cierta pérdida auditiva.

Lo que seguramente no sepas, y quizá ellos tampoco, es que no hace falta estar sordo, o casi sordo, para obtener un certificado de discapacidad auditiva, con las ventajas que este certificado conlleva.

Y es que, el beneficiario de un certificado de este tipo puede acceder a subvenciones (destinadas a tratamientos, dispositivos de audición y obras de accesibilidad), deducciones fiscales, planes de empleo, acciones de formación ocupacional, y un largo etcétera. Sin contar con los beneficios locales específicos, propios de cada ayuntamiento o comunidad autónoma.

Qué es la discapacidad auditiva

La discapacidad auditiva es el conjunto de las consecuencias derivadas de diversas disfunciones fisiológicas y/o anatómicas del aparato auditivo humano.

La consecuencia más directa es la dificultad o imposibilidad de oír bien. Y pueden existir consecuencias indirectas, como dificultades sobrevenidas para hablar correctamente, o problemas para mantener el equilibrio y desplazarse.

Así que, sin entrar en cuestiones técnicas, puede afirmarse que tiene discapacidad auditiva aquella persona que experimenta dificultades de comunicación, laborales o incluso de movilidad, causadas por la disminución o pérdida de la capacidad auditiva.

Grados de discapacidad auditiva según la legislación

Para poder obtener el certificado de discapacidad auditiva, es necesario cumplir los requisitos especificados en el Real Decreto 1971/1999, donde se indica cómo se calcularán los distintos grados de discapacidad. No vamos a desgranar toda la información de ese decreto, que es abundante y muy densa, pero resumiremos cómo se valora el grado de discapacidad auditiva:

  1.  El porcentaje se calculará sobre la pérdida de audición binaural. Es decir, se tendrá en cuenta la media de ambos oídos para realizar la valoración final.
  2.  La disminución de audición se valora mediante las pérdidas auditivas en decibelios, referidas a las frecuencias de 500, 1000, 2000 y 3000 Hertzios.

Esto le sonará a chino a un lego en la materia, así que simplifiquemos: se mide cuál es la pérdida de audición en cuatro tonos distintos del espectro auditivo, empezando por los tonos más graves (500 Hertzios), y terminando por los más agudos (3000 Hertzios).

  1.  También es valorable la presencia de acúfenos o tinnitus (pitidos y zumbidos continuos o muy frecuentes). Si no están acompañados de pérdida de audición, se valorará su impacto psicológico en el paciente.
  2.  Si se presentan deficiencias en el habla provocadas por el trastorno auditivo, igualmente serán valorables y cuantificables.

Lo más importante es que, una vez obtenido el certificado de discapacidad, el grado de discapacidad auditiva reconocida será de al menos un 33%, pero no superará el 64%.

Dispones de la información detallada en el decreto ya mencionado. Sin embargo, como todo texto normativo, es de difícil comprensión. Nuestra recomendación es que acudas a un centro especializado en problemas auditivos. Allí te explicarán, de forma comprensible, los procedimientos a seguir.

Cómo solicitar el certificado de discapacidad auditiva

Como para cualquier otro trámite, el interesado debe realizar la solicitud correspondiente ante la Administración, aportando la documentación que acredite su incapacidad; en este caso, un informe médico oficial que justifique las deficiencias auditivas. Los evaluadores médicos de la Administración determinarán, mediante las correspondientes pruebas, si procede, o no, la concesión del certificado.

En cualquier caso, lo más cómodo para ti es utilizar los servicios de un centro cualificado para el tratamiento de los trastornos del oído. No solo te ayudarán a minimizar los impedimentos causados por la pérdida de audición, sino que te guiarán en el procedimiento administrativo para obtener, si procede, el certificado de discapacidad.

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